Micelio

Artículo 2

Decreto 663 de 1954 · Por el cual se crea una comisión para la reforma de la Administración Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los técnicos enviados por la Asistencia Técnica de las Naciones Unidas para la reorganización de la Administración Pública y para el establecimiento del Servicio Civil, así como el personal colombiano nombrado para este efecto, trabajarán bajo la dirección inmediata de la Comisión Nacional creada por este Decreto. Esta Comisión escogerá un delegado de su propio seno para la coordinación de las actividades del personal colombiano y extranjero empleado en la realización de las finalidades mencionadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 663 de 1954