°. Adicionar el artículo 10A al Decreto 4175 de 2011, así: “Artículo 10A. Oficina de Informática y Desarrollo Tecnológico. Son funciones de la Oficina de Informática y Desarrollo Tecnológico las siguientes
Impartir los lineamientos en materia tecnológica para definir políticas, estrategias y prácticas que soporten la gestión de la Entidad.
Elaborar, actualizar e implementar el plan estratégico de tecnología y sistemas de la información de la Entidad.
Definir e implementar la estrategia de tecnologías de la información de la Entidad de acuerdo con los planes y proyectos internos y los lineamientos de las autoridades competentes.
Definir lineamientos tecnológicos para el cumplimiento de estándares y buenas prácticas de seguridad y privacidad de la información y en especial la interoperabilidad de los sistemas que la soportan.
Aplicar los lineamientos y procesos de arquitectura tecnológica de la Entidad en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamentales para su adquisición, operación, soporte especializado y mantenimiento.
Liderar la gestión, seguimiento y control de la ejecución de recursos financieros asociados al portafolio de proyectos y servicios definidos en el plan estratégico de tecnologías y sistemas de información.
Diseñar estrategias, instrumentos y herramientas con aplicación de tecnologías de la información y las comunicaciones con el fin de brindar de manera constante y permanente un buen servicio al ciudadano.
Administrar, mantener actualizado y operar tecnológicamente, los sistemas de información de la entidad.
Definir e implementar los lineamientos tecnológicos para la adecuada gestión de información institucional de la Entidad, en cuanto a custodia, acceso y respaldo.
Implementar controles y herramientas de Seguridad Informática que permitan mitigar riesgos de seguridad de la información, de acuerdo a los lineamientos internos y autoridades competentes.
Definir la arquitectura de información y datos necesaria para el desarrollo de las funciones de la Entidad.
Dirigir y orientar el desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Entidad.
Realizar actividades de uso y apropiación de tecnologías de la información de acuerdo con los lineamientos y necesidades de la entidad.
Apoyar los procesos de transformación digital, arquitectura empresarial y continuidad del negocio, en lo referente al componente tecnológico.
Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.
Las demás funciones que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia”.