Desde el momento en que el juez ordenare que las barras sean retiradas hasta el momento en que el jurado diere su respuesta, el juez, los jurados y las partes deberán guardar completo silencio y compostura como corresponde a la solemnidad del acto. Vigente desde: 13/06/1938 y hasta el: 26/02/1943
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.