°. Autorízase a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público- para recibir de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, las acciones que, de conformidad con lo establecido en los considerandos del presente decreto, llegue a ser propietaria en Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP, y en la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP, por los montos que a continuación se relacionan: Entidad Monto Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP $180.709.000.000.00 Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP Hasta por el monto necesario para cancelar la totalidad de la deuda de la FEN con la Nación El valor por el cual la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público- recibirá las acciones de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, será el mismo valor por el cual la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, recibió las acciones de Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP, y de la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP, no obstante este valor no podrá ser superior al valor nominal de dichas acciones.
Decreto 3001 de 2005 →Vigente
Artículo 1
Autorízase A La Nación - Ministerio De Hacienda Y Crédito Público- Para Recibir De La Financiera Energética Nacional S
Decreto 3001 de 2005 · por el cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público- para canjear instrumentos de deuda interna, de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN, por acciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.