A partir de la fecha del presente decreto suprímense los siguientes cargos en el Distrito de Obras Públicas Nacionales de La Guajira: Sección de Trazados y Proyectos 1 Dibujante III 9 Sección de Construcción de Carreteras 1 Inspectores de Carreteras I 9 1 Dibujante II 7 Sección de Servicios Técnicos 2 Laboratoristas II 7 1 Dibujante III 9 Sección de Servicios Médicos 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 4 Sección Administrativa Grupo de Servicios Generales 1 Mecanógrafa II 4 1 Oficinistas II 4 Grupo de Personal 1 Jefe de Grupo II 7 Grupo de Almacenes 1 Ayudante de Almacén V 5 1 Cotizador III 5
Artículo 11
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Suprímense Los Siguientes Cargos En El Distrito De Obras Públicas Nacionales De La Guajira: Sección De Trazados Y Proyectos 1 Dibujante Iii 9 Sección De Construcción De Carreteras 1 Inspectores De Carreteras I 9 1 Dibujante Ii 7 Sección De Servicios Técnicos 2 Laboratoristas Ii 7 1 Dibujante Iii 9 Sección De Servicios Médicos 1 Auxiliar De Servicios Generales Iv 4 Sección Administrativa Grupo De Servicios Generales 1 Mecanógrafa Ii 4 1 Oficinistas Ii 4 Grupo De Personal 1 Jefe De Grupo Ii 7 Grupo De Almacenes 1 Ayudante De Almacén V 5 1 Cotizador Iii 5
Decreto 494 de 1963 · Por el cual se suprimen cargos en el Ministerio de Obras Públicas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.