Fui desarrollo de lo previsto en el articulo 17 da la Ley 2 a de 1932, es requisito indispensable para poder ejercer el derecho de que hablan los artículos 13 y 16 de la Ley citada, la presentación anual de un certificado expedido por el respectivo Administrador o Recaudado de Hacienda Nacional, sobre el monto de la renta del agraciado.
Artículo 11
Fui Desarrollo De Lo Previsto En El Articulo 17 Da La Ley 2 A De 1932, Es Requisito Indispensable Para Poder Ejercer El Derecho De Que Hablan Los Artículos 13 Y 16 De La Ley Citada, La Presentación Anual De Un Certificado Expedido Por El Respectivo Administrador O Recaudado De Hacienda Nacional, Sobre El Monto De La Renta Del Agraciado
Decreto 1295 de 1941 · Por el cual se reglamentan las funciones de la Caja de Auxilios en los ramos Postal y Telegráfico, de acuerdo con lo dispuesto por las Leyes 2ª de 1932, 70 de 1937 y 263 de 1983
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.