El establecimiento educativo creado por elartículo primero de este Decreto ajustará sus planes y programas de estudio a las normas establecidas por el Decreto 080 de 1974.
De conformidad con el artículo 51 del Decreto Extraordinario 88 de 1976, la División Especial de Enseñanza Media Diversificada del Ministerio de Educación Nacional procurará obtener la consolidación del Instituto, con el fin de crear las condiciones necesarias para su conversión en institución intermedia profesional con arreglo al Decreto Extraordinario 80 de 1980.