Micelio

Artículo 16

Toda Erogación Con Cargo A Gastos Varios E Imprevistos Que Exceda A La-Suma De Mil Pesos ($ 1

Decreto 856 de 1983 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Decreto número 0417 del 30 de noviembre de 1982, expedido por el Comisario Especial del Guaviare

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda erogación con cargo a Gastos Varios e Imprevistos que exceda a la-suma de mil pesos ($ 1.000) moneda corriente, deberá ser autorizada por el Comisario mediante decreto motivado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 856 de 1983