Micelio

Artículo 65

Dentro De Los Seis (6) Meses Siguientes A La Publicación De Este Decreto En El Diario Oficial, Todas Las Pesas Y Medidas, Lo Mismo Que Los Instrumentos De Pesar Y Medir Que Se Usen En Las Ventas Para El Público Serán Denunciadas Por Sus Dueños Ante La Alcaldía Respectiva Con La Indicación De Todas Las Señales Y Características Que Sirvan Para Identificarlas

Decreto 2416 de 1971 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre normas y calidades, pesas y meidas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro de los seis (6) meses siguientes a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial, todas las pesas y medidas, lo mismo que los instrumentos de pesar y medir que se usen en las ventas para el público serán denunciadas por sus dueños ante la Alcaldía respectiva con la indicación de todas las señales y características que sirvan para identificarlas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2416 de 1971