Dentro de los seis (6) meses siguientes a la publicación de este Decreto en el Diario Oficial, todas las pesas y medidas, lo mismo que los instrumentos de pesar y medir que se usen en las ventas para el público serán denunciadas por sus dueños ante la Alcaldía respectiva con la indicación de todas las señales y características que sirvan para identificarlas.
Decreto 2416 de 1971 →Vigente
Artículo 65
Dentro De Los Seis (6) Meses Siguientes A La Publicación De Este Decreto En El Diario Oficial, Todas Las Pesas Y Medidas, Lo Mismo Que Los Instrumentos De Pesar Y Medir Que Se Usen En Las Ventas Para El Público Serán Denunciadas Por Sus Dueños Ante La Alcaldía Respectiva Con La Indicación De Todas Las Señales Y Características Que Sirvan Para Identificarlas
Decreto 2416 de 1971 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre normas y calidades, pesas y meidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.