° El acta de constitución deberá contener como mínimo los siguientes aspectos
Lugar, fecha y hora de la celebración de la asamblea constitutiva;
Nombres, apellidos e identificación del fundador o fundadores, bien sea que concurran personalmente o por medio de apoderados;
Relación de los asuntos discutidos y aprobados por la mayoría de los participantes;
Mención de la directiva provisional, con indicación de sus cargos y funciones:
Relación de los bienes que los fundadores se comprometen a aportar a la entidad;
Indicación de la persona que tenga la representación provisional.
El acta, una vez aprobada y firmada por todos los fundadores, será reconocida por cada uno de ellos ante notario.