Ley 51 de 1942 · por la cual se reglamentan varias explotaciones industriales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los Municipios procederán a suspender la explotación de canteras, artneras y la elaboración de ma teriales para construcción cuando de ello se derive peligro o perjuicio para las poblaciones, sus obras públicas; laÉ edificaciones particulares o las agusts de uso público.
La resolución sobre el particular deberá fundamentarse en el concepto previo de peritos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.