Micelio

Artículo 15

Funciones De La Junta Directiva

Decreto 823 de 1995 · por el cual se expide el Estatuto Interno de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, adoptado por Acuerdo 01 del 11 de enero de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: a) Formular la política general del Organismo, estableciendo los planes y programas que le corresponda desarrollar, de conformidad con las reglas que prescriban los estatutos y consultando los parámetros determinados por el Gobierno; b) Expedir los estatutos de la Caja y aprobar cualquier reforma que a ellos se introduzca sometiéndolos a la aprobación del Gobierno Nacional; c) Autorizar el nombramiento del personal directivo de acuerdo con ternas que para tal efecto proponga el Director; d) Determinar la Estructura Interna y la Planta de Personal, las cuales deberán ser presentadas al Gobierno Nacional para su aprobación; e) Aprobar el proyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos en las fechas que señalen los reglamentos, así como los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de los programas de la Entidad y autorizar los gastos extraordinarios; f) Aprobar los acuerdos de gastos necesarios para la ejecución presupuestal; g) Autorizar las transacciones financieras que proponga la Dirección de la Entidad, con el fin de obtener recursos para el cumplimiento de su objetivo social; h) Aprobar los estados financieros periódicos que deba elaborar la Entidad; i) Autorizar la gestión y la contratación de empréstitos internos y externos, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes; j) Autorizar a la Dirección General de la Caja, para ejecutar proyectos de inversión, dentro de los parámetros establecidos por las normas vigentes sobre la materia, situación en la cual el Director deberá prever los estudios de factibilidad cuando así se requiera; k) Determinar el porcentaje de la provisión actuarial para mantener en situación de liquidez inmediata dentro de cada ejercicio presupuestal, el pago oportuno de las pensiones de jubilación de los funcionarios de la Entidad, dentro de los parámetros establecidos por la ley; l) Autorizar las comisiones al exterior del personal de la Entidad, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes; m) Delegar en el Director General las funciones que estime convenientes; n) Las demás que le señalen las disposiciones legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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