Utilización de formularios de liquidación. Para facilitar los procedimientos y oportunidades de liquidación y el pago de las contraprestaciones, los concesionarios deberán cuando sea el caso, diligenciar los formularios especiales que para el efecto disponga el Ministerio de Comunicaciones. Antes del 1° de junio de 1999, el Ministerio de Comunicaciones adoptará mediante Resolución los formularios para la liquidación y pago de las contraprestaciones previstas en este decreto. El Ministerio de Comunicaciones podrá introducir variaciones o modificaciones sobre los formularios que adopte, en la medida en que las necesidades así lo exijan . Dichas modificaciones también serán adoptadas mediante Resolución.
Decreto 2041 de 1998 →Vigente
Artículo 47
Utilización De Formularios De Liquidación
Decreto 2041 de 1998 · Por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.