Entrevista . Cuando en un concurso se programe entrevista, ésta no podrá tener un valor superior al diez por ciento (10%) de la calificación definitiva. El Procurador General o su delegado integrará el jurado calificador con un mínimo de tres (3) personas, una de las cuales deberá ser el jefe de la dependencia a la que esté adscrito el empleo por proveer. La entrevista deberá grabarse en medio magnetofónico y conservarse en el archivo del concurso, por un término no inferior a cuatro (4) meses, contado a partir de la fecha de expedición de la lista de elegibles. Cuando se asigne un puntaje no aprobatorio, el jurado deberá dejar constancia escrita de las razones que lo justifican.
Decreto 1156 de 1999 →Inexequible
Artículo 101
Decreto 1156 de 1999 · por el cual se modifican la estructura, el régimen de competencias interno y el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.