Los docentes de planta, por encargo de funciones de cátedra, tendrán derecho a percibir una sobrerremuneración de docencia hasta de un veinticinco por ciento (25 % ) de su asignación básica mensual, según lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto 325 de 1981 y de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
Decreto 303 de 1982 →Vigente
Artículo 11
Los Docentes De Planta, Por Encargo De Funciones De Cátedra, Tendrán Derecho A Percibir Una Sobrerremuneración De Docencia Hasta De Un Veinticinco Por Ciento (25 % ) De Su Asignación Básica Mensual, Según Lo Dispuesto En El Artículo 9º Del Decreto 325 De 1981 Y De Conformidad Con Lo Establecido En El Presente Reglamento
Decreto 303 de 1982 · Por el cual se reglamenta el artículo 9 del Decreto extraordinario 325 de 1981
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.