Micelio

Artículo 3

Ley 7 de 1958 · Sobre Fomento del Departamento del Chocó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Durante cada una de las próximas diez (10) vigencias fiscales, el auxilio de que trata el artículo 12 de la Ley 13 de 1947 (por la cual se crea el Departamental Choco), será de seis millones ($6.000.000.00) anuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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