Micelio

Artículo 21

: En Los Sistemas De Suministro De Agua Para Servir A Más De 50

Decreto 2105 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el título II de la Ley 09 de 1979 en cuanto a potabilización del agua.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

: En los sistemas de suministro de agua para servir a más de 50.000 habitantes, además de los análisis exigidos en la artículo 19 de este decreto, se practicará como mínimo un físico-químico anual que incluya las otras características señaladas en esta reglamentación y que a juicio de la autoridad sanitaria se requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2105 de 1983