Articulo 13. Son deberes especiales de los Inspectores
a)
La vigilancia de los claustros y piezas de clase, y en general, la de todo el local.
b)
Cumplir las órdenes que reciban del Director o del Subdirector.
Son Deberes Especiales De Los Inspectores: A) La Vigilancia De Los Claustros Y Piezas De Clase, Y En General, La De Todo El Local
Decreto 215 de 1921 · Por el cual se establece el reglamento orgánico de la Escuela Superior de Agronomía de Bogotá
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 13. Son deberes especiales de los Inspectores
La vigilancia de los claustros y piezas de clase, y en general, la de todo el local.
Cumplir las órdenes que reciban del Director o del Subdirector.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.