Micelio

Artículo 3

Adicionar El Artículo 15 Del Decreto 1466 De 2004 Con Un Parágrafo, Así: “ Parágrafo

Decreto 3703 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1466 de 2004 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adicionar el artículo 15 del Decreto 1466 de 2004 con un

Parágrafo

, así: “

Parágrafo

Para realizar el examen de competencia en la parte práctica, en cada maniobra de evaluación deben estar presentes por lo menos dos de los integrantes de la junta examinadora y cada uno de ellos debe asistir como mínimo a 6 de las 8 maniobras de calificación. Las maniobras de evaluación se realizarán en los buques designados por el Capitán de Puerto, de acuerdo a la categoría del evaluado

1.

Para pilotos prácticos de segunda categoría: buques 2.000 T.R.B. hasta 10.000 T.R.B.

2.

Para pilotos prácticos de primera categoría: buques superiores a 10.000 T.R.B. y hasta 50.000 T.R.B.

3.

Para pilotos práctico maestro: buques mayores de 50.000 T.R.B.”.

Parágrafo

) Artículo 15 DECRETO 1466 de 2004

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3703 de 2007