Micelio

Artículo 2.2.20.3.1.2

Capacitación

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Capacitación. La capacitación es una actividad sistemática, planificada, continua y dinámica dirigida a preparar, prolongar y complementar la educación formal y no formal, la generación de conocimientos y el desarrollo integral y continuo de las habilidades que los servidores de la Aerocivil requieran para el desempeño de sus funciones y el cumplimiento efectivo de la misión institucional, acorde con los lineamientos establecidos a nivel nacional e internacional.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.20.3.2 Estímulos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto-ley 790 de 2005, los empleados públicos vinculados a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil serán objeto de los estímulos de que tratan los artículos 13 al 38 del Decreto-ley 1567 de 1998 y el Título 10 del presente Decreto.

Parágrafo

Los programas de educación formal deberán responder al diagnóstico que realice la Aerocivil a través de la Dirección de Talento Humano o la que haga sus veces y serán ejecutados por esta y por la Oficina Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas, CEA, o la que haga sus veces, según sea el caso.

(Decreto 2900 de 2005, artículo 36)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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