De la partida global apropiada en el Capítulo 0909 - División de Servicios de Salubridad - Programa V - Enfermería, artículo 9205 "Auxilios a Escuelas de Enfermería, según distribución que se hará por Decreto, de acuerdo con las necesidades", hácese la siguiente distribución parcial:
Capítulo 0909 - Artículo 9205.