Artículo primero . Autorízase la emisión de las siguientes estampillas: Correo ordinario: 5 millones de estampillas dé cinco centavos ($ 0.05), con la efigie del General Rafael Reyes, y el escudo de la Escuela Militar de Cadetes. 5 millones de estampillas de diez centavos ($ 0.10), con motivo alusivo a la Escuela Militar de Cadetes, y su escudo. Correo aéreo: 3 millones de estampillas de quince centavos ($ 0.15), con la efigie del General Rafael Reyes, y el escudo de la Escuela Militar de Cadetes. 2 millones de estampillas de veinte centavos ($0.20), con motivo alusivo a la Escuela Militar de Cadetes, y su escudo. 10.000 planillas que reproducirán las dos estampillas de 5 y 10 centavos de correo ordinario, conmemorativas del Cincuentenario de la Escuela Militar de Cadetes.
Decreto 523 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Decreto 523 de 1957 · Por el cual se autoriza la emisión de unas estampillas en homenaje a la Escuela Militar de Cadetes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.