Régimen de transición. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto-ley 353 de 1994, a los afiliados y vinculados por contrato de prestación de servicios que hayan cumplido catorce (14) o más años de afiliación a 31 de diciembre de 1994 se les aplicará lo dispuesto en el Acuerdo 09 de 1994 (marzo 28), proferido por la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar. CAPITULO VII. Solución de vivienda propia
Decreto 1843 de 1994 →Vigente
Artículo 37
Régimen De Transición
Decreto 1843 de 1994 · por el cual se aprueba el Estatuto Interno de la Caja Promotora de Vivienda Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.