Micelio

Artículo 110

Los Suministros Que El Fondo Rotatorio De La Policía Nacional Haga A La Institución, Cualquiera Que Sea Su Cuantía, Solo Requerirán La Formalidad De La Orden De Compra De La Rama Administrativa, Una Vez Que Se Haya Aprobado La Negociación Por La Junta De Adquisiciones, Y Su Valor Se Cancelará Con Cargo A Las Reservas De Fondos, Constituidas Por La Policía Nacional En El Fondo Rotatorio De La Misma

Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los suministros que el Fondo Rotatorio de la Policía Nacional haga a la Institución, cualquiera que sea su cuantía, solo requerirán la formalidad de la orden de compra de la Rama Administrativa, una vez que se haya aprobado la negociación por la Junta de Adquisiciones, y su valor se cancelará con cargo a las reservas de fondos, constituidas por la Policía Nacional en el Fondo Rotatorio de la misma.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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