El edificio que para uso exclusivo de la Academia Colombiana de Historia y a perpetuidad señala la Ley 71 de 1926 , se destina en toda su integridad al fin expresado, son la restricción hecha por el parágrafo del Artículo 3º de aquella Ley.
Ley 86 de 1928 →Vigente
Artículo 8
Ley 86 de 1928 · Sobre Academias Nacionales, Sociedad Geográfica y otras disposiciones sobre instrucción pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.