Micelio

Artículo 8

Ley 2 de 1976 · Por el cual se reorganizan los impuestos de papel sellado y de timbre y se dictan otras disposiciones en materia de impuestos indirectos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ningún instrumento o actuación sujeto al impuesto de papel sellado podrá ser admitido por funcionarios oficiales ni tenido como prueba mientras no se pague el impuesto, de conformidad con el artículo 5º, o no se hayan cumplido los requisitos de los artículos 9º. y 21 y las sanciones y los intereses en su caso. En los procesos judiciales se aplicará lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de lo establecido en la presente Ley, respecto de sanciones e intereses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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