Micelio

Artículo 56

También Podrá Aplicarse El Plan De Trabajos Conjuntos A Concesiones Contiguas Que Se Hayan Explorado O Comenzado A Explorar Independientemente, Siempre Que Su Titular Sea Una Misma Persona Natural O Jurídica

Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También podrá aplicarse el plan de trabajos conjuntos a concesiones contiguas que se hayan explorado o comenzado a explorar independientemente, siempre que su titular sea una misma persona natural o jurídica. En este caso la respectiva solicitud para que se autorice el plan conjunto deberá formularse antes que expire el período de montaje de la concesión que se hubiere entregado primero. El período de explotación conjunta empezará a contarse desde el vencimiento de dicha etapa de montaje. 2) Explotación conjunta de zonas de la reserva nacional y minas de propiedad particular:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 805 de 1947