Micelio

Artículo 17

Ley 17 de 1907 · Sobre formación del Escalafón militar de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 17. Para la calificación de los títulos que acrediten los grados militares Créase un Tribunal de calificación compuesto del Ministro de Guerra, que lo presidirá, y de tres miembros que nombrará la Asamblea Nacional y tres que nombrará el Poder Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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