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Artículo 26

Funciones Del Comité Técnico Para La Organización Y Funcionamiento De Las Misiones Diplomáticas Y Consulares

Decreto 3355 de 2009 · por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Comité Técnico para la Organización y Funcionamiento de las Misiones Diplomáticas y Consulares. El Comité Técnico tendrá las siguientes funciones

1.

Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores la metodología para la creación, ubicación y conformación de las misiones en el exterior.

2.

Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores los criterios para asignar concurrencias y jurisdicciones consulares.

3.

Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores los criterios para la ubicación, clasificación y conformación de Misiones Diplomáticas y Consulares.

4.

Proponer los recursos a distribuir en las Misiones Diplomáticas y Consulares, para lo cual se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Dirección Administrativa y Financiera y los criterios que debe proponer al Ministro de Relaciones Exteriores.

5.

Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores la metodología para la organización de las Misiones Diplomáticas y Consulares, los parámetros técnicos para la distribución de personal y la planta para cada una de ellas.

6.

Aprobar y hacer seguimiento a los planes de acción propuestos por las Misiones Diplomáticas y Consulares, en cumplimiento de la política exterior.

7.

Definir directrices y velar por la oportunidad y calidad de la información reportada por las Misiones Diplomáticas y Consulares.

8.

Hacer recomendaciones a las diversas dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el objeto de que estas brinden un apoyo eficiente a las labores que desarrollan las Misiones Diplomáticas y Consulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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