Micelio

Artículo 16

El Personal Civil Que Desempeñe Funciones Técnicas En La Sección De Mantenimiento De La Fuerza Aérea, Queda Excluido De Las Disposiciones Del Presente Decreto

Decreto 94 de 1958 · por el cual se adiciona el artículo 3° del Decreto número 349 de 1957, y se dictan unas disposiciones en relación con la clasificación, denominaciones y asignaciones del personal civil de las Fuerzas Armadas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 16. El personal civil que desempeñe funciones técnicas en la Sección de Mantenimiento de la Fuerza Aérea, queda excluido de las disposiciones del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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