º . Los bienes muebles e inmuebles que se llegaren a entregar en virtud de lo establecido en el presente decreto solo podrán ser utilizados por el contratista para la prestación de servicios de salud y en las actividades conexas a la misma.
Decreto 1737 de 2006 →Vigente
Artículo 5
Decreto 1737 de 2006 · por medio del cual se reglamenta el numeral 6 del artículo 4° del Decreto-ley 1750 de 2003.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.