Funciones del Comité Técnico. El Comité Técnico del Consejo Superior de Política Criminal tendrá las siguientes funciones
Adelantar los estudios e investigaciones que le encomiende el Consejo, dentro de los plazos y en las condiciones que se señalen.
Examinar los proyectos de actos legislativos y de leyes que se presenten a su consideración y del Consejo Superior de Política Criminal, confrontándolos con las investigaciones y desarrollos científicos que sean pertinentes, a fin de emitir un concepto que se someterá a discusión de los miembros del Consejo.
Rendir al Consejo los informes respectivos de sus actividades.
Atender las solicitudes que se presenten a su consideración relacionadas con la naturaleza de sus funciones.
Realizar las recomendaciones en relación con el procedimiento de bloqueo de los Equipos Terminales Móviles (ETM) utilizados al interior de los establecimientos de reclusión penitenciaria y/o carcelaria para la planificación, comisión, ejecución y/o direccionamiento de delitos, con base en el informe detallado que, de manera mensual, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y la Fiscalía General de la Nación presenten al Comité Técnico del Consejo Superior de Política Criminal. El contenido del informe será definido por el Comité Técnico del Consejo Superior de Política Criminal.