º . Corresponde a la Oficina de Registro las siguientes funciones
Registrar las obras que se presenten para tal efecto, de carácter literario (editadas e inéditas) y de carácter artístico,
Registrar los actos, contratos y decisiones judiciales relacionados con los derechos de autor.
Registrar los pactos o convenios de asociaciones colombianas con extranjeras, sobre derechos autorales.
Registrar a los representantes legales y a las Asociaciones, que representan a personas titulares de derecho de autor.
Registrar los fonogramas y videogramas.
Registrar las obras cinematográficas y audiovisuales.
Enviar las obras editadas, los fonogramas y videogramas a la Biblioteca a cargo de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, para su archivo y conservación, a fin de que sean utilizados para consulta e información.
Expedir certificaciones sobre los registros que se tramitan en la Oficina.
Informar a las entidades similares extranjeras, a los organismos internacionales, a la rama jurisdiccional, y a los interesados que soliciten, aquellos datos que deseen conocer sobre el registro.