° Un ejemplar del Diario Oficial , en que se publique el proyecto, debidamente autenticado, se unirá al expediente y éste se devolverá a la Cámara de Representantes para, que se surtan los trámites previstos en el artículo 218 de la Constitución Política.
Artículo 2
Un Ejemplar Del Diario Oficial , En Que Se Publique El Proyecto, Debidamente Autenticado, Se Unirá Al Expediente Y Éste Se Devolverá A La Cámara De Representantes Para, Que Se Surtan Los Trámites Previstos En El Artículo 218 De La Constitución Política
Decreto 2199 de 1980 · Por el cual se ordena la publicación del proyecto de Acto Legislativo número 43 y 2 de 1979, de la Cámara de Representantes y del Senado de la República, respectivamente, "por el cual se autoriza erigir en Departamento la Intendencia del Caquetá"
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.