°. Aclárase el artículo 5° del Decreto 607 de 2007, el cual quedará así: “ Artículo 5° . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en lo pertinente el Decreto 618 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2007”.
Decreto 1026 de 2007 →Vigente
Artículo 1
Aclárase El Artículo 5° Del Decreto 607 De 2007, El Cual Quedará Así: “ Artículo 5°
Decreto 1026 de 2007 · por el cual se aclara el Decreto 607 del 2 de marzo de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.