Emisión y pago de bonos pensionales . La Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, reconocerá, liquidará y emitirá los bonos pensionales de los ex servidores de Adpostal. Caprecom pagará los bonos pensionales con cargo a las transferencias que con tal fin debe efectuar la entidad en liquidación o la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conforme lo dispuesto en el artículo 22 del presente decreto. De igual forma realizará el cobro y pago de cuotas partes de bonos pensionales correspondientes a los ex servidores de Adpostal.
Decreto 2853 de 2006 →Vigente
Artículo 20
Decreto 2853 de 2006 · por el cual se suprime la Administración Postal Nacional, Adpostal, y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.