Como una modalidad de la Policía Cívica Local podrá organizarse la Policía Cívica Juvenil, encargada de colaborar con las funciones preventiva, educativa y social que cumple la Policía Nacional. En dicho caso los jóvenes que ingresen voluntariamente se exceptuarán del requisito a que se refiere el ordinal 1º del artículo anterior.
Los estudiantes de educación secundaria podrán suplir el requisito que para optar el título de bachiller se exige sobre alfabetización y trabajo comunitario en los términos que fije el reglamento.