Micelio

Artículo 2

Remítase Copia De Este Decreto A La Registradora Nacional Del Estado Civil, Para Lo De Su Competencia

Decreto 479 de 2004 · por el cual se aclara el Decreto número 387 del 6 de febrero de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Remítase copia de este decreto a la Registradora Nacional del Estado Civil, para lo de su competencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 479 de 2004