°. Funciones del Comité de Comisionados . La Comisión de Regulación de las Comunicaciones -CRC, tendrá un Comité de Expertos Comisionados integrado por los tres (3) Comisionados, el cual tendrá las siguientes funciones
Estudiar, analizar y resolver los asuntos que deban presentarse para conocimiento o decisión de la Sesión de Comisión de la - CRC.
Decidir los temas del orden del día de la Sesión de Comisión de la - CRC y presentar a su consideración propuestas de decisiones y recomendaciones sobre cada uno de los aspectos por tratar. En caso de no existir acuerdo entre los Comisionados, presentar las distintas posiciones para consideración y decisión de la Sesión de Comisión de la - CRC.
Presentar a la Comisión de Regulación de Comunicaciones - CRC propuestas de regulación general y particular tendientes a desarrollar las funciones de la CRC de que trata la Ley 1341 de 2009 y demás normas que le asignen funciones.
Proponer a la Comisión de Regulación de Comunicaciones - CRC, las medidas necesarias para promover la competencia, evitar el abuso de la posición dominante, construir un mercado competitivo, maximizar el bienestar de los usuarios, lograr que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente y refleje altos niveles de calidad, y reglas de comportamiento diferenciales según la posición de los proveedores cuando previamente se haya determinado la existencia de una falla en el mercado.
Dirigir y orientar las actividades de la CRC y velar para que el desarrollo de las mismas esté dirigido a lograr la investigación, el fomento y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, le sirvan al interés general, promuevan su acceso eficiente y en igualdad de condiciones a todos los habitantes del territorio nacional, logren los objetivos de la CRC y desarrollen las funciones y facultades que le otorga la ley.
Presentar a la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC, propuestas de regulación de los precios de los servicios de telecomunicaciones cuando no haya suficiente competencia, se presente una falla en el mercado o cuando la calidad de los servicios ofrecidos por los proveedores de redes y servicios, no se ajuste a los niveles exigidos.
Proponer a la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC, proyectos de regulación relacionados con el régimen de competencia, los aspectos técnicos y económicos relacionados con la obligación de interconexión; así como la remuneración por el acceso y uso de redes e infraestructura, precios mayoristas, las condiciones de facturación y recaudo; el régimen de acceso y uso de redes; los parámetros de calidad de los servicios; los criterios de eficiencia del sector y la medición de indicadores sectoriales para avanzar en la sociedad de la información; y en materia de solución de controversias entre los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones
Formular el Plan Anual de Acción y presentarlo a la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC, para su aprobación.
Decidir la participación del Director Ejecutivo de la CRC, de los Comisionados y demás funcionarios de la Comisión, en eventos nacionales e internacionales relacionados con los asuntos de competencia de la CRC, sean éstos académicos o de cualquier naturaleza.
Ejercer la facultad nominadora del personal a cargos de libre nombramiento y remoción.
Definir y aprobar los indicadores internos de gestión y calidad para los procesos, proyectos, programas y actividades de la CRC.
Analizar las propuestas de creación de grupos internos de trabajo que presente para su concepto el Director Ejecutivo de la CRC.
Aprobar los proyectos formulados por los coordinadores de procesos y asignar entre los Comisionados el papel de asesor especial para cada uno de ellos, de tal manera que todos tengan oportunidad de participar en los diferentes asuntos de competencia de la CRC.
Aprobar previamente los actos administrativos que deba expedir el Director Ejecutivo, con base en delegaciones efectuadas por la Sesión de Comisión de la CRC.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.