º . La representación del Gobierno Nacional en el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, Icontec, estará integrada en la siguiente; forma: Principales: El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado. El Ministro de la Protección Social o su delegado. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado. El Ministro de Minas y Energía o su delegado. El Ministro de Transporte o su delegado. Suplentes: El Superintendente de Sociedades o su delegado. El Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos o su delegado. El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario o su delegado. El Gerente del Instituto Colombiano del Petróleo o su delegado. El Director del Instituto Nacional de Vías o su delegado.
Decreto 1470 de 2005 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1470 de 2005 · por el cual se modifica el Decreto 1047 de 1993.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.