La renta de licores, en guarda de la salubridad, seguridad y moralidad públicas, será administrada directamente por los Departamentos.
Estas mismas entidades deben producir estos licores directamente o por medio de contratos con particulares, sin usar sustancias que sean nocivas a la salud, como el anetol, y sin que puedan vender licores de otros grados de los siguientes del areómetro Cartier:
Aguardiente común y anisado, no menos de 18, ni más de 20 grados.
Ron, 17 grados; y
Alcohol puro de 30 a 40 grados.