Micelio

Artículo 22

Decreto 1618 de 2002 · por el cual se establece la Estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Subgerencia de Crédito y Cartera

a)

Evaluar las solicitudes de crédito que estén de a cuerdo con las facultades de crédito que le han sido otorgadas y aprobarlas o negarlas según lo dispuesto en el Reglamento de Crédito del Banco;

b)

Remitir a la Gerencia de Análisis de Crédito, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento de Crédito del Banco, todas las solicitudes de crédito que excedan las facultades y atribuciones de aprobación de la Subgerencia de Crédito y Cartera;

c)

Efectuar el seguimiento a los créditos otorgados con el aval del Fondo Nacional de Garantías, con objeto de evaluar su correcta utilización de acuerdo con la planificación del crédito y dar a conocer a las autoridades, previa información a su superior inmediato, los eventos de utilización indebida de los mismos;

d)

Asesorar a los Gerentes Regionales, a los Gerentes y Directores Zonales y a los Directores de Agencias, acerca del procedimiento que deben llevar a cabo los clientes para solicitar el Incentivo de Capitalización Rural, ICR, y los Certificados de Garantías, haciendo especial énfasis en el cumplimiento de los tiempos establecidos para cada proceso;

e)

Administrar, coordinar y controlar, en coordinación con la Gerencia de Cobranza Especializada, tanto la gestión de la cobranza prejurídica como la realizada por las Casas de Cobranza que contraten para tal efecto, así como lo correspondiente a los cobros jurídicos que se deban realizar;

f)

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la Dependencia;

g)

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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