Secretaría General. La Secretaría General cumplirá las siguientes funciones: 11.1 Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos y financieros del Ministerio. 11.2 Coordinar y programar las actividades de administración de personal, seguridad industrial y relaciones laborales del personal, de acuerdo con las políticas del Ministerio y las normas legales sobre la materia. 11.3 Dirigir los programas de selección, inducción, capacitación y calidad laboral de los funcionarios del Ministerio, en concordancia con las normas legales vigentes. 11.4 Dirigir y controlar en todos los niveles, los procesos administrativos y financieros del Ministerio. 11.5 Dirigir los procesos de selección para la adquisición de bienes y servicios. 11.6 Coordinar a través de la Subdirección Administrativa y Financiera con la Oficina de Planeación la elaboración del anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión. 11.7 Establecer mecanismos para controlar el manejo del archivo y la correspondencia del Ministerio, de conformidad con las normas legales vigentes. 11.8 Recibir y tramitar las quejas y reclamos que se presenten en relación con el Ministerio. 11.9 Adelantar y fallar en primera instancia las investigaciones disciplinarias de conformidad con la normatividad vigente. 11.10 Ejecutar los planes, programas y proyectos relacionados con la planeación y desarrollo de sistemas de información y recursos tecnológicos. 11.11 Las demás que le sean asignadas.
Decreto 2053 de 2003 →Vigente
Artículo 11
Decreto 2053 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.