El Ministerio de Educación Nacional reglamentará la forma como las personas naturales o jurídicas puedan hacer mención de sus intereses industriales o comerciales dentro de los textos que se editen con sus aportes o donaciones.
Decreto 579 de 1965 →Vigente
Artículo 13
El Ministerio De Educación Nacional Reglamentará La Forma Como Las Personas Naturales O Jurídicas Puedan Hacer Mención De Sus Intereses Industriales O Comerciales Dentro De Los Textos Que Se Editen Con Sus Aportes O Donaciones
Decreto 579 de 1965 · Por el cual se crean la Comisión de Textos y Materiales Escolares y el Fondo Rotatorio Nacional de Texto Escolar Gratuito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.