Micelio

Artículo 61

Cualquier Interesado Presunto En La Sucesión, Podrá Solicitar La Apertura Y Publicación Del Testamento, Presentando Prueba Legal De La Defunción Del Testador, Copia De La Escritura Exigida Por La Ley 36 De 1931, Y Cuando Fuere El Caso, El Sobre Que Lo Contenga, O Petición De Requerimiento De Entrega A Quien Lo Conserve

Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cualquier interesado presunto en la sucesión, podrá solicitar la apertura y publicación del testamento, presentando prueba legal de la defunción del testador, copia de la escritura exigida por la Ley 36 de 1931, y cuando fuere el caso, el sobre que lo contenga, o petición de requerimiento de entrega a quien lo conserve.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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