Micelio

Artículo 61

Cualquier Interesado Presunto En La Sucesión, Podrá Solicitar La Apertura Y Publicación Del Testamento, Presentando Prueba Legal De La Defunción Del Testador, Copia De La Escritura Exigida Por La Ley 36 De 1931, Y Cuando Fuere El Caso, El Sobre Que Lo Contenga, O Petición De Requerimiento De Entrega A Quien Lo Conserve

Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cualquier interesado presunto en la sucesión, podrá solicitar la apertura y publicación del testamento, presentando prueba legal de la defunción del testador, copia de la escritura exigida por la Ley 36 de 1931, y cuando fuere el caso, el sobre que lo contenga, o petición de requerimiento de entrega a quien lo conserve.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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