ARTICULO 15. De la Inscripción en Varios Registros de Aspirantes. Las personas que aspiren a concursar para los empleos de carrera del Instituto podrán inscribirse simultáneamente en los registros de varias seccionales. Igualmente podrán inscribirse para más de un empleo en el registro de aspirantes de cada seccional.
Decreto 413 de 1980 →Vigente
Artículo 15
De La Inscripción En Varios Registros De Aspirantes
Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.