Micelio

Artículo 7

Ley 31 de 1874 · Que concede nuevas autorizaciones al Poder Ejecutivo para la construcción del ferrocarril del Norte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7.º Si el Poder Ejecutivo, despues de hechas, las nuevas esploraciones de que se ha hablado en esta lei, creyere mas conveniente ejecutar la obra del ferrocarril del Norte por cuenta del Gobierno, así lo dispondrá, i hará uso de todos los recursos i medios de ejecucion de la obra concedidos por la presente lei, en cuanto sean aplicables a esta nueva autorizacion.

Parágrafo

En el caso de este artículo, el Poder Ejecutivo creará una superintendencia del ferrocarril encargada esclusivamente de la direccion de la empresa, i la dotará con los empleados que crea necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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