Micelio

Artículo 2

Ley 45 de 1962 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del vigésimoquinto aniversario de la fundación de la Universidad Pontificia Bolivariana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para contribuir a los planes de desarrollo de tan importante centro universitario, la Nación destina la cantidad de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) que se pagaran así: un millón ($ 1.000.000.00) en 1963, un millón ($ 1.000.000.00) en 1964 y un millón ($ 1.000.000.00) en 1965.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 45 de 1962