Micelio

Artículo 15

Aprobado El Remate Por El Ministerio De Obras Públicas Y Por El Excelentísimo Señor Presidente De La República, El Ministerio Pasará Copia De La Diligencia De Remate Y Del Plano Respectivo A La Autoridad Judicial Para Que Ésta Ponga En Posesión Material Al Rematador

Decreto 1279 de 1908 · Reglamentario de la Ley 25 de 1908, sobre terrenos baldíos y bosques

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprobado el remate por el Ministerio de Obras Públicas y por el Excelentísimo Señor Presidente de la República, el Ministerio pasará copia de la diligencia de remate y del plano respectivo a la autoridad judicial para que ésta ponga en posesión material al rematador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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