El Bacteriólogo podrá desempeñarse en gerencia, dirección científica, técnica y administrativa, coordinación y asesoría en:
Instituciones y servicios que integren la seguridad social, la salud pública y privada;
Laboratorios dedicados al aseguramiento de procesos y procedimientos clínicos, humanos, forenses, animales, ambientales, industriales y otros afines a su formación profesional;
Bancos de sangre en sus diferentes áreas;
Asistencia, docencia, investigación en el campo de la salud con proyección social.
Igualmente el Bacteriólogo deberá participar e integrar los equipos para la inspección, vigilancia y control de los laboratorios y servicios relacionados con su formación profesional.
T I T U L O II
DEL EJERCICIO DE LA PROFESION DE BACTERIOLOGÍA